La propuesta de una modificatoria del artículo 15 de la ley N° 26662 para ampliar la competencia en la vía notarial de los procesos de cambio de nombre en mayores de edad
Resumen
Íntegramente las personas hallamos primordial que nuestro apelativo, en composición
del pre nombre y apellidos, configuran un rol fundamental sobre vuestra identidad, así
se nos diferencia de otras personas. Por eso, el dogma clásico acaeció estableciendo
que es algo inalterable e inmovilizado; pero, hoy en día a través de la imagen enérgica
que interacciona la comunidad, es de importancia para el nombre siendo algo
significativo, lo cual, prueba que lidiar con un nombre que produzca obstáculos para el
desenvolvimiento de la personalidad, trae una consecuencia desfavorable.
Entre los temas analizados tenemos los antecedentes como un regulador en un marco
nacional donde el Código Civil tiene relevancia para poder profundizar más en mi
propuesta de una modificatoria, además en ámbito internacional encontramos lo países
con gran relevancia para ampliar la competencia en la vía notarial y estos son Colombia,
Guatemala, Puerto Rico y El Salvador donde el cambio de nombres en mayores de
edad, se realiza ante un Notario, siguiendo el trámite correspondiente en Asuntos no
Contenciosos y al nivel Nacional lo realiza antes los Juzgados Civiles.
Finalmente, siguiendo con las teorías donde predomina la fe pública, las bases
conceptuales de mis variables de estudio independientes y dependientes donde dan un
concepto más amplio al tratamiento de mi formulación del problema que busca la
manera de que modifique el art. 15 de la ley N°26662 y concluyendo los resultados
donde demuestran la carga procesal existentes en los juzgados, teniendo como finalidad
descongestionar y ampliar esta competencia a los notarios.
Colecciones
- Escuela de Derecho [1849]
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