Modificatoria del art. 23 de la nueva ley procesal laboral para prevenir los despidos arbitrarios en el segundo juzgado laboral de la ciudad de Chiclayo en el 2016
Fecha
2020Autor(es)
Otoya Flores, Robinson Aurelio
Tapia Fernández, Yony
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Como se tiene de conocimiento con respecto a la prueba se considera como la herramienta
necesaria en los juicios puesto que va a determinar para que el magistrado pueda reconocer
o desconocer el derecho según lo pretendido.
El TC ha determinado mediante la STC. EXP. N°728-2008-PH/TC con respecto al derecho
probatorio viene a ser la herramienta que va a constituir la correcta causa del contenido de
las resoluciones judiciales constituyéndose en la seguridad frente a los actos fraudulentos de
justicia y determinan que los actos resolutivos no estén fundamentados en caprichos de los
jueces, sino en base a la información obtenida en proceso por parte de las partes procesales
con el afán de acreditar lo pretendido.
Es entendido que la manera de aplicación de la prueba en la legislación peruana gira en base
a los principios laborales teniendo que en estos casos el empleado es la parte más débil y que
por ese motivo el Estado se encuentra en la obligación de bridarle la tutela correspondiente
con el fin de ponerlo a la altura del patrono.
Es así que al considerar al empleado de esta forma ante el patrono dentro de los juicios
laborales se busca hacer un análisis si en los procesos laborales del segundo juzgado laboral
de Chiclayo se están aplicando, asimismo poder establecer de qué manera los empleados son
favorecidos en la solución de sus conflictos.
Materias
Colecciones
- Escuela de Derecho [1849]
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