La determinación de los trastornos del estado puerperal para calificar el delito de infanticidio o parricidio en el Código Penal
Resumen
La presente investigación busca diferenciar y delimitar los tipos penal de Infanticidio y
Parricidio y por ende modificar el artículo 110 del Código Penal Peruano, ya que hasta ahora
el Código no hace una correcta distinción entre los tipos penales antes mencionados.
El problema esencial recae en los operadores del derecho al momento de interpretar el artículo
110 del Código Penal Peruano, presentando este un oscuro vacío legal para la interpretación
del mismo, al no definir correctamente el siguiente termino: “bajo influencia de Estado
Puerperal”.
Por otro lado, el presente Articulo 110 o delito de Infanticidio tiene las mismas características
que el delito de Parricidio previsto en el Artículo 107 del Código Penal Peruano en cuanto a la
forma de consumación del tipo (Homicidio), los sujetos que participan (sujeto activo: Madre,
Sujeto Pasivo: infante) y con las diferencias en el cuanto a la proporcionalidad de la pena y la
característica particular del delito de infanticidio que es LA INFLUENCIA DEL ESTADO
PUERPERAL.
Es allí donde nace el interés de la presente investigación, formulándonos las siguientes
preguntas: ¿En el contexto del Derecho Penal se encuentran definidos los trastornos del
Estado Puerperal que diferencie la comisión de los delitos de infanticidio y parricidio?
¿Cuánto dura el Estado Puerperal en una madre?
Materias
Colecciones
- Escuela de Derecho [1864]
El ítem tiene asociados los siguientes ficheros de licencia: