MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 29785 PARA INCORPORAR LAS COMUNIDADES CAMPESINAS EN LA LEY DE CONSULTA PREVIA: CASO CAÑARIS
Fecha
2018Autor(es)
Chero Arrascue, Katherine Beatriz
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La implementación de la Consulta Previa en el Perú constituye hasta la fecha unos de los retos más difíciles para la sociedad y la administración pública, quien es la encargada de realizarla. El marco legal del derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas presupone el reconocimiento y valoración del conjunto de sus derechos.
La presente investigación lo que busca es analizar las normas internas existentes en el Perú en materia indígena: Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, Ley 29785 y su respectivo reglamento, a partir de la adopción de Estándares Internacionales, con el fin de verificar si el Estado Peruano ha tomado en cuenta criterios establecidos en dichos cuerpos normativos, con la única finalidad de otorgar a los pueblos, actores principales del proceso de consulta previa, la seguridad y garantía en el cumplimiento de sus derechos, así como respetar los acuerdos que se tomen al finalizar los procesos, contribuyendo en su empoderamiento para el uso y disfrute pleno de sus derechos, mejorando su calidad de vida y sentir el respaldo del Estado. Es vital lograr el enlazamiento entre los derechos de los pueblos indígenas a través de la consulta previa con el marco internacional. El respeto y el cumplimiento de la consulta previa es una de las principales exigencias de todos los pueblos.
Colecciones
- Escuela de Derecho [1849]
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