IMPACTO AMBIENTAL NEGATIVO DEBIDO A LA ELABORACIÓN DE LADRILLOS EN EL CASERÍO DE CALLANCA 2014
Fecha
2018Autor(es)
Castro Benavides, Karen Ann del Socorro
Ruíz Vallejos, Maryury Zuley
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El desarrollo doctrinario y jurisprudencial de la dignidad humana en la legislación constitucional peruana, se enmarca en establecer el conocimiento de la naturaleza jurídica de la dignidad, vista como un derecho, principio y valor en la legislación constitucional.
Para la presente investigación se ha realizado un análisis de diferentes definiciones y de decisiones jurisdiccionales, centrando su atención sobre la dignidad humana, evolución histórica, conceptualización, características, su naturaleza jurídica, dimensiones, así mismo se estudiara la normativa utilizando la exegesis de la normativa interna correspondiente al artículo 1 de la Constitución, así mismo se ha tomado como referente la legislación comparada; respecto a la fundamentación práctica se obtendrá en base a un trabajo de campo mediante un instrumento denominado cuestionario, aplicado a los informantes: responsables, operadores del derecho y la comunidad jurídica, del cual obtendremos resultados que nos brindará una verdadera situación del problema que se ha planteado.
El objetivo de la presente investigación se centró en determinar posturas, lineamientos legislativos del derecho comparado para la protección integral y su correcta aplicación de la dignidad. Para lo cual nos planteamos la siguiente hipótesis: La dignidad de las personas, se ven afectadas su tutela y aplicación por los Empirismos Normativos y las Discrepancias teóricas.
La metodología de la investigación utilizada fue descriptiva – explicativa
Habiéndose arribado a la siguiente conclusión general “La tutela y aplicación de la dignidad humana, se vio afectada como principio constitucional por los Empirismos Normativos y las Discrepancias Teóricas, regulado en el artículo 1 de la Constitución Política del Perú, porque existen planteamientos teóricos divergentes, al no considerarse el fundamento constitucional de la dignidad humana, a la luz de los criterios expresados por los tribunales internacionales, lo cual, está conllevando erróneamente al verdadero medio y fin en cuanto a su aplicación”.
Materias
Colecciones
- Escuela de Derecho [1848]
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