La vulneración del principio non bis in ídem en el proceso penal y en el procedimiento administrativo sancionador a los efectivos de la pnp Chiclayo, periodo 2014.
Resumen
Existen opiniones discordantes con relación a su incorporación del principio Non Bis In Idem en una norma que regula el Procedimiento Administrativo General Peruano; pues, unos sostienen que este principio de alguna manera está incorporado en los incisos 2 y 13 del artículo 139º de la Constitución Política del Estado (principio de legalidad y debido proceso) y que por lo tanto era suficiente la norma constitucional para su aplicación, sin embargo la doble sanción penal por el mismo acto, se encuentra prohibida en nuestro Derecho Penal, en virtud de la aplicación del denominado principio del non bis in idem, que impide que un hecho pueda ser sancionado más de una vez.
La presente investigación tiene por objetivo analizar, respecto a los Planteamientos Teóricos, Normas y Jurisprudencia, para consiguientemente proponer lineamientos y recomendaciones del problema planteado. Se utilizó la metodología descriptiva – explicativa, habiéndose planteado como hipótesis que la vulneración del principio non bis in ídem en el proceso penal y en el procedimiento administrativo sancionador a los efectivos de la PNP se vio afectada por incumplimientos y empirismos aplicativos, la cual fue contrastada con el trabajo de campo obteniendo la siguiente conclusión, en la cual efectivamente se evidenció un desconocimiento y no aplicación de los planteamientos teóricos, así como de las normas y de la jurisprudencia.
Colecciones
- Escuela de Derecho [1849]
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