Inaplicación de la pena en el tratamiento del delito de robo agravado a mano armada en vehículos de transporte público en el distrito de José Leonardo Ortíz, periodo 2012.
Fecha
2015Autor(es)
Sánchez Gonzáles, Rosa Esperanza
Vásquez Villalobos, Deivis Estip
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
El problema planteado en nuestra Tesis se refiere a la inaplicación de la pena de la ley 3699 en el tratamiento del delito de robo agravado a mano armada en vehículos de transporte público en el distrito de José Leonardo Ortiz, periodo 2012, ya que se estipula en la mencionada ley que la pena es no menor de 12 ni mayor de 20 años pero en la realidad dicha pena no se aplica el problema no es que falten normas severas para castigar el delito, el problema sería más bien que, por distintas razones, incluido el puro y simple desconocimiento estas no se llegan a aplicar. En la actualidad el robo agravado es el delito contra el patrimonio que se comete con mayor frecuencia en el Perú teniendo diferentes agravantes entre los cuales radica el de a mano armada durante la noche, en casa habitada, con el concurso de dos a más personas y el robo en vehículos de transporte público.
El problema radica que existen sentencias dictadas por jueces benévolos que si bien es cierto toman en cuenta el artículo 45 y 46 del código penal tengamos en cuenta que ello implica que estos infractores de la ley cometan un nuevo delito ya que la pena no cumpliría el fin sancionador, hablamos también de un tema de reincidencia ya que a nuestro parecer viene hacer un todo, el problema como bien lo hacíamos mención no es en radicalizar las penas sino aplicar las ya estipuladas , la reincidencia a nuestro humilde parecer viene a englobar que ya que los jueces aplican penas muy benévolas basándose ciertamente en algunas atenuantes los infractores vuelven a cometer dichos delitos, tomando en cuenta también que a diferencia del hurto que el bien jurídico protegido es el Patrimonio, el delito de robo agravado tiene un aspecto Pluriofensivo, ya que no solo vulnera el derecho de patrimonio , sino el de la vida , el de la integridad física , psíquica , el derecho a un ambiente equilibrado y a nuestro parecer también el derecho a la paz , derechos que están contemplados en nuestra CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ.
Materias
Colecciones
- Escuela de Derecho [1849]
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