La necesidad de flexibilizar el levantamiento del secreto bancario por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Fecha
2016Autor(es)
Irigoin Quintana, Bertha Marleni
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LA NECESIDAD DE FLEXIBILIZAR EL LEVANTAMIENTO DEL SECRETO BANCARIO POR
LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA (UIF) se enmarca en establecer una pauta de que es posible el levantamiento del secreto bancario que actualmente se encuentran diversas barreras, que impedir su aplicación plena y efectiva en la sociedad, sobre que ayudará en las investigaciones policiales y fiscales.
Para la presente investigación se ha realizado un análisis de diferentes definiciones, centrando su atención sobre el secreto bancario, evolución histórica, la banca en el mundo, Latinoamérica y el Perú, la regulación legal, así mismo se estudiara la normativa utilizando la exegesis de la normativa interna correspondiente, así mismo se toma como referente la legislación comparada; respecto a la fundamentación práctica se obtendrá en base a un trabajo de campo mediante un instrumento denominado cuestionario, aplicado a los operadores del derecho y la comunidad jurídica, del cual obtendremos resultados que nos brindará una verdadera situación del problema que se ha planteado.
El objetivo de la presente investigación se centró en establecer fortalecer los lineamientos legislativos referentes a la facultad de la UIF, planteando : determinar si el levantamiento del secreto bancario por parte de la Unidad de Inteligencia Financiara de la Superintendencia de Banca y Seguros vulnera el derecho a la intimidad constitucional, en un marco referencial que integre una protección integral del usuario en el Perú.
La metodología de la investigación utilizada fue descriptiva – explicativa
Habiéndose arribado a la siguiente conclusión general “La correcta aplicación del artículo 143 Levantamiento del Secreto Bancario, de la Ley N° 26702 - Superintendencia de Banca y Seguros, se vio afectada como función especial de la Unidad de Inteligencia Financiera- UIF, por los Empirismos Normativos y las Discrepancias Teóricas, regulado en el artículo 2.5 de la Constitución Política del Perú, porque existen Planteamientos Teóricos divergentes, especialmente los conceptos básicos, y porque no existe un consenso respecto a la naturaleza jurídica del secreto bancario en cuanto a su regulación financiera ya que no se ha aprovechado las Legislaciones Extranjeras especialmente las de América que están más relacionadas con nuestra realidad socio-jurídica”.
Colecciones
- Escuela de Derecho [1864]
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