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dc.contributor.advisorSime Marques, Alcibíades
dc.contributor.authorBarbadillo Ordoñez, Jonny
dc.contributor.authorMartínez Torres, Manuel Rolando
dc.date.accessioned2017-03-31T23:01:47Z
dc.date.available2017-03-31T23:01:47Z
dc.date.issued2008
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12802/2157
dc.description.abstractLos hechos que conciernen a la vida del hombre y a la especie humana, engendran entre los individuos relaciones que tienden a subsistir, creando entre los mismos un estado gregario cuya organización toma el nombre de FAMILIA. El grado de cohesión que se manifiesta en la misma, está determinado por factores psicológicos sobrevinientes y por intereses patrimoniales, que no siempre actúan en la misma dirección. Sobre la familia, expresión fecunda de la solidaridad humana, se constituyen y se desarrollan los entes Nación y Estado, y el Estado es la sociedad políticamente organizada en base a normas jurídicas. La sociedad organizada es creadora y perfeccionadora del Derecho, pero paralelamente el Derecho incide decisivamente en la organización y supervisión del grupo humano influenciado dentro de su radio de acción específica. La familia es el primer medio social al que surge el hombre. La influencia cotidiana que ejerce el clima familiar imprime a sus miembros una determinada orientación muy difícil de ser luego combatida y extirpada, y el hombre actúa en el campo social extrafamiliar en concordancia consciente con ese sentido impreso en la intimidad doméstica. La familia es el pilar de la sociedad. De la armonía que exista en ella dependerá el porvenir de una nación, porque si queremos idóneos y honestos gobernantes hemos de procurar buenas familias. La regulación que dé el Derecho a la familia se reflejará en el esplendor de una excelente sociedad: en tal reciproca acción e independencia, la familia hállase regulada por preceptos emanados por la costumbre, la creencia religiosa o la disposición escrita de la ley, que, al reglar las relaciones de los fundadores del grupo en si, con los descendientes, los parientes en general y la restante colectividad, forman en orgánica conjunción, el estatuto jurídico denominado DERECHO DE FAMILIA. La familia es una entidad relevante, la más importante, porque sin ella no sería posible una vida en sociedad: con razón se ha dicho que el progreso de las naciones y de los grupos humanos en general dependen más de la institución familiar que de la prosperidad de las empresas particulares o del Estado. Una familia bien conformada constituye un balualte para un Estado que se desenvuelve por progresar como una nación; al contrario, una familia mal conformada será un medio nocivo para el desarrollo y adelanto de un país. La familia es, al fin, una institución necesaria. Es la primera síntesis natural que prepara otra más vasta que se concreta en Nación. Y la Nación alcanza su máxima significación en el Estado. La familia está pues íntimamente vinculada a los fines permanentes del Estado como son los fines culturales, sociales, económicos, políticos y jurídicos. El ser miembro de una familia implica estar dentro de un régimen de deberes y obligaciones específicas, que bajo la protección de la ley civil ampararán el desenvolvimiento de la personalidad humana, no sólo de los fundadores sino principalmente de la prole. Dentro de esos deberes, la soledad llene interés especial en el cumplimiento de los deberes de asistencia familia; porque sabe que de tal cumplimiento se derivan bienes inmediatos para ella, de lo contrario de vienen males inmediatos: los más graves se expresan a través de la miseria con sus corolarios de criminalidad, prostitución y enfermedades. El sostenimiento de la familia y su desarrollo requieren del esfuerzo solidario de todos sus integrantes, porque sólo la unidad puede preservar y engrandecer a la FAMILIA. Mediante la solidaridad los problemas de cada uno de sus miembros son los problemas de todos y las alegrías de cada uno alcanzan a todos. El sentirse parte de una unidad superior; el sentirse partícipes de una empresa común, el comprender que el sacrificio por los hijos y por el esposo o la esposa es por uno mismo, en todo ello radica la solidaridad 'y sólo gracias a ella la familia se mantiene y engrandece. Resulta realmente preocupante en la actualidad la violenta irrupción de fuerza contra la vida familiar y para la familia misma como institución con que la CRISIS ataca y corroe los cimientos de la sociedad contemporánea y la sociedad peruana en particular. La acumulación de problemas socio económicos irresueltos es el caldo de cultivo donde se fructifican todos los males, pues la sociedad que tiene su base en la familia es un organismo vivo cuya salud está en íntima relación con el grado de armonía y equidad que existe entre sus miembros; la armonía y la equidad sólo pueden ser el resultado de la coordinación de tres elementos: el material, el moral y el intelectual que forman al hombre y sobre el que se construye la familia y por ende la sociedad. El Derecho de Familia es el resultado de una concepción del hombre, no es una simple idea de un derecho especial destinado a las clases bajas de la sociedad, sino que envuelve un alcance mayor; pues se trata de una nueva forma y estilo del derecho en general. Los cambios operados en el derecho se hallan determinados por las transformaciones ideo políticas que experimentan las sociedades y la imagen del hombre tal como lo concibe el legislador: EL DERECHO DE FAMILIA es el único que en plena era de individualismo se inspira en una imagen del hombre que no es la del individuo egoísta y calculador: El régimen jurídico familiar cree poder confiar en el marido con respecto a la mujer o en los padres con respecto a los hijos, dándoles crédito en cuanto al cumplimiento de sus deberes familiares, obra por el supuesto de que el marido y los padres actúan movidos por sentimientos de amor y responsabilidad. Así mismo, el Derecho público, al igual que el Derecho de familia se inspira para la concesión de derechos y facultades en una imagen del hombre gobernado no sólo por el móvil de interés, sino también por el acierto del deber. La crisis de la FAMILIA está representada por el abandono que rompe la armonía y disgrega esta célula de la sociedad. La crisis familiar se debe fundamentalmente, en nuestro país, a las especiales circunstancias de afrontar el medio socio económico que se debate, sobre todo, en medio de situaciones con profundos esquemas coyunturales de consecuencias trágicas para la unidad familiar, cuya desorganización se manifiesta de manera incontenible; pues la conducta privada como es obvio es incompetente por sí solo para detener su hecatombe.es_ES
dc.description.uriTesises_ES
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Señor de Sipánes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.sourceRepositorio Institucional - USSes_ES
dc.sourceRepositorio Institucional USSes_ES
dc.subjectAbandono conyugales_ES
dc.subjectCausal de divorcioes_ES
dc.subjectJuzgados civilieses_ES
dc.titleEl abandono conyugal como causal de divorcio dentro del proceso de conocimiento tramitado ante los juzgados civiles de la Corte Superior de Justicia de Lambayequees_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Señor de Sipán. Facultad de Derechoes_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.discipline421016es_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
dc.publisher.countryPEes_PE


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