La inoperatividad procesal del Ministerio Público en la tutela y defensa de los derechos medioambientales en el distrito de Reque – periodo 2008
Fecha
2011Autor(es)
Custodio Cabrejos, José David
Guanilo Bautista, Maruxa Alexsandra
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente investigación denominada “LA INOPERATIVIDAD PROCESAL DEL MINISTERIO PÚBLICO EN LA TUTELA Y DEFENSA DE LOS DERECHOS MEDIOAMBIENTALES EN EL DISTRITO DE REQUE – PERIODO 2008” tiene como fin la obtención del Título Profesional de Abogado de los autores.
Los nuevos cambios tecnológicos y las nuevas conductas de los seres humanos generan la dación de nuevas normas como consecuencia estos cambios; asimismo las disposiciones que nuestro ordenamiento jurídico regula deben de ser respetadas por cada uno de nosotros y más aún si quienes las deben de aplicar son los funcionarios públicos; por último, es preciso señalar que la principal función del Estado es velar y tutelar por la defensa de los derechos de los ciudadano; con mayor importancia si estos derechos son considerados fundamentales. Estas son reglas generales, que deben de cumplirse, sin embargo en la realidad no operativa se cumple, las razones yace en dos puntos: porque nuestras normas son deficientes o porque quienes deben de hacer cumplir las pocas normas que tenemos no las hacen cumplir.
En lo que nos corresponde, es el caso de los llamados intereses difusos, derechos supraindividuales, derechos difusos, en fin, distintos términos que hoy por hoy, son considerados derechos de tercera generación, y que quienes ostentan la legitimidad de obrar para actuar en un proceso civil, no lo hacen, ¿las razones?, he aquí uno de los problemas planteados por los investigadores. Es preciso indicar que producto de la delimitación que involucra una investigación sólo nos referiremos al tema de derechos medioambientales.
Otro problema que involucra nuestra investigación es la falta de normatividad expresa y eficaz que tutelen los intereses difusos –derechos medioambientales-. La existencia de la Ley General del Ambiente y el Código Procesal Civil, en su precepto 82º, no considera un mecanismo procesal objetivo que permita a quienes tienen legitimidad para obrar defender estos derechos, por lo que hemos considerado de importancia que nuestros legisladores tomen en cuenta legislaciones extranjeras que permitan creas normas procesales eficaces, como es el caso de una Ley Procesal de Intereses Difusos.
Este problema acarrea otra serie de dificultades, que la doctrina aun no se pone de acuerdo y que hemos considerado ahondar a fin de generar interés en quienes se dediquen a la investigación de estos temas. De ante mano agradecemos a quienes han hecho posible esta investigación y esperemos contribuya a nuevos estudios en materia de intereses difusos, hoy, derechos considerados fundamentales del ser humano, ubicados dentro de los derechos de Tercera Generación.
Colecciones
- Escuela de Derecho [1849]
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