Control difuso administrativo
Resumen
En el marco actual, en que el Tribunal Constitucional (TC) ha dejado sin efecto el Control Difuso Administrativo, que era aplicado por organismos administrativos y ahora solo será aplicado por el TC, es que se ha realizado la presente investigación: “Sobre el control difuso administrativo”, Analizando de las razones constitucionales por las cuales el TC del Perú dejó sin efecto el Control Difuso Administrativo, abril - 2014”.
El propósito es contribuir al debate de esta medida por parte de la comunidad jurídica y operadores del derecho de dejar sin efecto el Control Difuso Administrativo y conocer las posiciones a favor y en contra de la norma, posiciones que con una ligera mayoría se han inclinado por apoyar el dejar sin efecto el control difuso que ejercían los entes administrativos.
En el aspecto teórico, podemos decir que cuando un Estado no respeta y defiende los derechos humanos, la sociedad se aparta de ser un sistema constitucional. Son tres los ejes centrales en la configuración del constitucionalismo contemporáneo: el reconocimiento y tutela de derechos fundamentales, la limitación del poder, y la supremacía de la Constitución.
Se pone mayor énfasis en el último, ya que el control difuso administrativo debe su existencia, en primer lugar, a la necesidad de realizar un control más eficaz de la constitucionalidad de las leyes y, en segundo lugar, que la Constitución y su espíritu prevalezcan por sobre encima de cualquier norma de rango menor.
El objetivo general de la investigación fue determinar si es adecuado que los funcionarios públicos del Estado en el área administrativa no ejerzan el Control Difuso Administrativo ante una decisión precisamente administrativa y que sólo lo haga exclusivamente el Tribunal Constitucional como lo manda la Constitución.
En cuanto a la metodología, tenemos que para el desarrollo de este trabajo de tesis se determinó como mejor opción, el estudio de tipo analítico de la documentación obtenida (sentencias, fallos, trabajos) así como de los aportes (opiniones, posturas), de los expertos consultados sobre el “Control difuso administrativo”, específicamente Analizando las razones legales por las cuales el Tribunal Constitucional (TC) no debió dejar sin efecto el Control Difuso Administrativo (CDA), abril 2014.
Las instituciones donde se aplicó nuestro estudio son diversas como la sede y algunos organismos descentralizados del Tribunal Constitucional en Lima, y las diversas entidades administrativas de alcance nacional (con sede en Lima igualmente) donde se pueda o no aplicar el CDA.
En estos sitios se solicitó la autorización respectiva para efectuar nuestro estudio, informando a sus representantes e integrantes el trabajo a realizar, que consistirá en el “Control difuso administrativo”, Analizando de las razones constitucionales por las cuales el Tribunal Constitucional no debió dejar sin efecto el control difuso administrativo, abril - 2014. Hicimos análisis documentario, entrevista y encuesta a magistrados, juristas, docentes, especialistas y estudiantes del X ciclo de derecho.
Para este tipo de investigación, “Control difuso administrativo”, analizando las razones legales por las cuales el Tribunal Constitucional (TC) no debió dejar sin efecto el Control Difuso Administrativo (CDA) se adecuaron los métodos de análisis y deducción, que son métodos teóricos que nos permitirán estudiar las características de las sentencias o fallos del TC sobre la aplicación o no del CDA.
Las técnicas que más se adaptaron al desarrollo del presente trabajo fue la de análisis documental, entrevista y encuesta para conocer las opiniones y sentencias sobre CDA, pero también se utilizó, y de acuerdo a las necesidades de la investigación, la técnica del juicio de expertos que contribuya a asesorar en la investigación y a elaborar, en la fase de instrumentos, la ficha del análisis documentario, cuestionario de entrevista y encuesta.
En el análisis documentario, de acuerdo a los requerimientos, se elaboraron fichas bibliográficas y textuales. Se preparó cuestionario de entrevista y encuesta para los magistrados o expertos con preguntas abiertas y cerradas, para responder sí o no, o marcar con una X; mientras que en el caso del juicio de expertos la asesoría será directa de forma oral o escrita.
La conclusión más importante es sobre la comunidad jurídica acerca de normas nacionales. El promedio de porcentajes de No Consideración de los Responsables referente a los artículos de nuestra legislación nacional que afectan los Empirismos Normativos en relación a dejar sin efecto el Control Difuso Administrativo, es de 20%, mientras el promedio de porcentajes de Aplicación de los Responsables referente a los artículos de nuestra legislación nacional que afectan a los Empirismos Normativos en relación a Dejar Sin Efecto El Control Difuso Administrativo es de 80% que calificamos como “positivo” y lo interpretamos como “logros”.
Colecciones
- Escuela de Derecho [1864]
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