La responsabilidad civil generada de la prestación de servicios desde el análisis del artículo 1762° del código civil
Resumen
El legislador peruano, con la intención de fortalecer el sistema de daños, en el
artículo 1762° del Código Civil establece un régimen de responsabilidad para los
profesionales y técnicos que desarrollan actividades de especial dificultad, derivadas
de relaciones de naturaleza obligacional, con lo cual excluye a aquellas de
naturaleza extracontractual; aunado a ello, inserta régimen de exención de
responsabilidad ante la concurrencia de culpa leve. De ahí que, la presenta
investigación persigue como objetivo general, determinar si la exención de
responsabilidad dispuesta en el artículo 1762° del Código Civil es aplicable a los
eventos dañosos producidos por la prestación de servicios de naturaleza
extracontractual. Luego de una exhaustiva investigación y discusión de los
resultados, se concluye que la figura de la responsabilidad profesional no presenta
efectos positivos y prácticos dentro del sistema de daños, más bien, al eximir de
responsabilidad en determinados casos, genera un desaliento de justicia en el
agraviado; por ende, resulta viable la derogación del artículo 1762° del Código Civil.
Cabe destacar que la investigación ha sido desarrollada empleando un enfoque
cualitativo, tipo básico, con un diseño metodológico descriptivo – explicativo, y un
diseño jurídico dogmático interpretativo y propositivo.
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