Discrepancias teoricas y empirismos normativos en el resarcimiento de la responsabilidad precontractual en el Perú
Fecha
2014Autor(es)
Lara Céspedes, Adriana Elena
Chavez Barboza, Hadita del Rosal
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
La sociedad despliega a pasos agigantados cada vez, y no es extraño escuchar la conocida frase: “El derecho evoluciona con la sociedad”; sin embargo tal aseveración no es del todo cierta, como estudiantes, comunidad jurídica constantemente encontramos vacíos, lagunas jurídicas, que los operadores jurídicos no están regulando.
Desde la época clásica, ha existido la figura del contrato, que pertenece a la rama del Derecho Civil, el cual señala que es un acuerdo de voluntades, y se forma por la perfecta coincidencia entre la propuesta y la aceptación, que es lo que se denomina el consentimiento, pero qué sucede si las partes que se comprometieron a realizar una obligación, basándose en la buena fe de los contratantes; no la realizan, pues se origina un menoscabo, el cual debe ser resarcible; sin embargo, el menoscabo no solo surge a raíz de una inejecución de las obligaciones, sino que el daño como menoscabo a la persona puede nacer mucho antes de la celebración del contrato, y es justamente, lo que llamamos: “Responsabilidad Precontractual”.
Así, el problema en que se centró la investigación fue “Discrepancias teóricas y Empirismos normativos en el Resarcimiento de la Responsabilidad Precontractual en el Perú”.
Como objetivo, que nos hemos propuesto lograr fue analizar y proponer alternativas de solución para evitar la vulneración del principio de la buena fe en la Responsabilidad Precontractual, así como también sobre el resarcimiento del daño causado y los deberes que las partes involucradas tienen respecto al contrato realizado.
Nos planteamos como hipótesis que en el quebrantamiento de la buena fe en la Responsabilidad Precontractual y su resarcimiento; se ve afectada por Discrepancias teóricas y empirismos normativos; que están relacionados causalmente y se explican, por el hecho de que no se conocía o no se ha aplicado bien algún Planteamiento Teórico, o, por haberse aplicado de manera incorrecta alguna norma que ampara el resarcimiento en la responsabilidad precontractual; así como la legislación comparada existente en esta materia.
Luego de realizar este estudio, aplicando el método científico, concluimos que efectivamente, se advierten Discrepancias teóricas y Empirismos normativos por parte de Comunidad Jurídica, y de los Operadores jurídicos quienes hacen caso omiso a las normas vigentes y legislaciones internacionales.
Por lo que, recomendamos a la comunidad jurídica y operadores del derecho garantizar el debido resarcimiento por haberse vulnerado la buena fe de alguna parte tratante, y de esta manera que los operadores del derecho sancionen de manera equitativa la vulneración del principio de buena fe, además de su debido resarcimiento al daño causado no solo con el daño emergente sino también con el lucro cesante.
Materias
Colecciones
- Escuela de Derecho [1873]
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