Modificación del artículo 350.2 del nuevo código procesal penal para plantear el uso obligatorio de las convenciones probatorias
Resumen
La puesta en vigencia del nuevo código procesal penal del 2004, ha traído entre sus
novedades, la implementación de instituciones procesales propias de la Justicia Penal
negociada, entre ellas, tenemos a los acuerdos probatorios, instrumento procesal que ha sido
implementado para dotar de dinamismo al proceso penal actual, y que trae consigo una serie
de beneficios que se encontraban ausentes durante la vigencia del Código Penal de 1940, así
por ejemplo, con la aplicación de las convenciones probatorias, son las partes procesales, las
que de manera consensuada pueden resolver qué puntos controvertidos se discutirán en
juicio oral, así mismo esta figura procesal contribuye a la celeridad y economía procesal, al
ser las partes intervinientes en el proceso, quienes deciden qué objeto y medio de prueba de
discutirán en la etapa de juzgamiento, depurando así el Juicio Oral de debates innecesarios.
En la presente tesis se desarrollará como primer punto básico lo que debemos entender por
convenciones probatorias, sus antecedentes, características, alcances y límites para su debida
aplicación, así mismo se explicará, la realidad problemática que se ha identificado, y las
causas que han motivado su casi nula aplicación en el proceso penal actual, como por
ejemplo su regulación dispersa, y el poco desarrollo doctrinal y jurisprudencial en el Perú, a
pesar de ser una herramienta de simplificación procesal, que dinamiza y acelera los procesos
penales que se tramitan en el Poder Judicial.
Ante la realidad problemática que se ha identificado, la presente tesis analizará y propondrá
con bases sólidas, los criterios que ayudarán a su efectiva y correcta aplicación, así como su
obligatoriedad en el proceso actual, simplificando de esta manera el proceso penal, que
actualmente se torna engorroso precisamente por las postulaciones contrapuestas entre Fiscal
y Acusado, haciendo desfilar en la audiencia de juicio oral un número considerable, de
peritos, testigos, y documentales que propician precisamente que la etapa de juzgamiento de
prolongue hasta en varias sesiones, teniendo la posibilidad de simplificarlo aplicando las
convenciones probatorias , negociando y arribando a acuerdos satisfactorios para ambas
partes procesales, siempre procurando el balance entre la justicia penal consensuada y las
garantías fundamentales de un proceso penal acusatorio – garantista – adversarial.
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