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dc.contributor.advisorSime Marques, Alcibíades
dc.contributor.authorAnaya Altamirano, Sarita del Pilar
dc.contributor.authorAlvarado Hidalgo, Obdelindo Juan
dc.date.accessioned2017-03-23T17:46:43Z
dc.date.available2017-03-23T17:46:43Z
dc.date.issued2009
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12802/1908
dc.description.abstractDe acuerdo a la primigenia elaboración teorética del clásico penalista alemán Hans Welzel, toda conducta delictiva tiende a una finalidad, es el caso de la conducta dolosa, en la que el agente direcciona su actuar al momento de ejecutar la acción ilícita*; es decir, el sujeto activo conoce la magnitud de su conducta y quiere que se dé el resultado de la acción cometida, lo que también se conoce como conocimiento y voluntad. Sin embargo, los injustos penales no sólo son perpetrados con intencionalidad; existen acciones cuyo reproche jurídico no recae en haber cometido u omitido intencionalmente un resultado lesivo o puesta en peligro de un bien jurídico protegido, sino en una inobservancia del deber objetivo de cuidado, creando un riesgo jurídicamente relevante o incrementado el riesgo permitido, provocando con ello un resultado que la norma jurídica quería evitar: nos referimos a la conducta culposa. En esta clase de delitos, a diferencia de un tipo penal doloso, se observa una marcada prohibición de realizar conductas peligrosas, las mismas que no sólo deben ser previsibles y evitables por el sujeto activo; sino que debe presentarse una infracción al deber objetivo de cuidado que incremente o cree un riesgo, evento que el tipo penal tenía destinado a evitar*. El objetivo de estas líneas es destacar los elementos que deben considerarse, ante un accidente de tránsito, para determinar si existe responsabilidad penal y, en su caso, qué grado de responsabilidad le cabe al autor del hecho, a título culposo o doloso. Para ello, es necesario precisar la conformación del delito culposo, por cierto ilícito más habitual en el tema que nos convoca. A su vez, en atención al reclamo social basado en la reiteración y gravedad de hechos de ésta naturaleza, que ha desembocado en una nueva tendencia por calificarlos como delitos dolosos, considero oportuno, hablar sobre la importante diferencia entre el delito culposo y el doloso.es_ES
dc.description.uriTesises_ES
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Señor de Sipánes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.sourceRepositorio Institucional - USSes_ES
dc.sourceRepositorio Institucional USSes_ES
dc.subjectDelitoses_ES
dc.subjectAccidente de tránsitoes_ES
dc.subjectImpunidades_ES
dc.subjectDelitos culpososes_ES
dc.titleLos delitos por accidente de tránsito y su impunidad por ser considerados delitos culposos en la Ciudad de Chiclayoes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Señor de Sipán. Facultad de Derechoes_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.discipline421016es_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
dc.publisher.countryPEes_PE


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